TSE aplaza decisión sobre demanda que busca cancelar 33 partidos minoritarios

El TSE deja en estado de fallo la demanda que busca cancelar 33 partidos minoritarios por no superar el 1% en las elecciones de 2024. Conoce los detalles de…

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El Tribunal Superior Electoral (TSE) reservó este miércoles el fallo de la demanda en nulidad de personería jurídica interpuesta contra 33 partidos minoritarios que no alcanzaron el 1% de los sufragios en las elecciones de 2024, tras concluir el conocimiento del fondo del expediente.

Los magistrados Ygnacio Pascual Camacho Hidalgo, juez presidente; Pedro Pablo Yermenos Forastieri, Fernando Fernández Cruz, Rafaelina Peralta Arias y Lenis Rosángela García Guzmán otorgaron un plazo común de diez días a todas las partes para depositar un escrito justificativo de conclusiones. Una vez vencido ese plazo, el expediente Núm. TSE-01-0021-2026 quedará en estado de fallo reservado.

La demanda fue interpuesta por el Proyecto Visión Nación (PVN) y el doctor José Cristopher Ramírez, quienes solicitan que el Tribunal ordene a la Junta Central Electoral aplicar de manera estricta el artículo 75 de la Ley núm. 33-18, sobre Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, al entender que esa disposición establece las consecuencias jurídicas para las organizaciones que no alcanzan el porcentaje mínimo de sufragios. La JCE, en su calidad de accionada, pidió la inadmisibilidad de la demanda.

Entre las organizaciones políticas puestas en causa y que acudieron al Tribunal figuran el Partido Unidad Nacional (PUN), Partido Alianza País (ALPAIS), Partido Revolucionario Social Demócrata (PRSD), Partido Democrático Alternativo (MODA), Partido Humanista Dominicano (PHD), Partido Alianza por la Democracia (APD), Partido Opción Democrática (OD), Partido Quisqueyano Demócrata Cristiano (PQDC), Partido Frente Amplio (FAMP), Partido Revolucionario Independiente (PRI), Partido Popular Cristiano (PPC), Partido Fuerza Nacional Progresista (FNP), entre otros.

En otra audiencia, el TSE declaró inadmisible una acción de amparo contra el Partido Humanista Dominicano (PHD), Ramón Emilio Goris Taveras y la Comisión Electoral de la VII Convención Nacional Ordinaria de esa organización, acogiendo el medio de inadmisión planteado por la parte accionada, al considerar que existe otra vía jurisdiccional para reclamar los derechos alegadamente vulnerados. Asimismo, el Tribunal otorgó una prórroga hasta el 2 de octubre de 2026 para la comunicación recíproca de documentos en el expediente TSE-01-0024-2026, correspondiente a una acción sobre falta de la Dirección Municipal del Partido Revolucionario Moderno (PRM) en el municipio de Sabana Iglesia, y fijó para el 7 de octubre la próxima audiencia.

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