El vacío legal que deja la ley observada por Abinader en la Constitución
“Deudas estatales en punto de inflexión: ¿se saldarán las deudas de 1996 o un nuevo proyecto tomará el relevo?”
La iniciativa legislativa destinada a saldar deudas que el Estado arrastra con contratistas desde 1996 quedó atrapada en una situación constitucional compleja después de ser observada por el presidente Luis Abinader. Al mismo tiempo, el Congreso conoció y aprobó un nuevo proyecto sobre el mismo asunto, aunque con ajustes puntuales en su contenido y en el mecanismo de pago.
El punto de tensión se origina porque el texto inicial, aprobado por la Cámara de Diputados el 12 de enero de 2026, no ha sido retirado formalmente del trámite legislativo, pese a las observaciones del Poder Ejecutivo. Esa permanencia mantiene abierta la posibilidad de que la pieza siga su curso dentro del Congreso, aun cuando ya existe una propuesta sustitutiva para atender las mismas obligaciones pendientes.
La Constitución establece en su artículo 102 que, cuando el presidente objeta una ley, debe devolverla a la cámara de origen con las razones de su decisión y los artículos cuestionados. Luego, la cámara correspondiente debe volver a aprobar el proyecto en una sola lectura. Sin embargo, el artículo 103 añade un plazo de dos legislaturas ordinarias para que los proyectos sean tramitados; si no se agotan en ese período, la observación se considera aceptada y la ley puede quedar aprobada automáticamente.
La pieza original reconocía de manera directa una serie de acreencias y ordenaba el pago a 571 contratistas ya identificados, vinculados con obras y servicios acumulados desde 1996. Abinader la observó al entender que el texto no precisaba con exactitud el monto total que tendría que desembolsar el Estado ni individualizaba de forma suficiente a todas las personas y empresas favorecidas.
Tras esa objeción, se promovió un nuevo proyecto sometido por el presidente de la Cámara de Diputados, Alfredo Pacheco. El texto introduce un esquema distinto: crea una comisión para revisar cada reclamación antes de autorizar pagos, con capacidad para rechazar solicitudes o ajustar montos, aunque sin posibilidad de incorporar nuevos beneficiarios. Además, elimina el reconocimiento automático de las deudas y condiciona cualquier desembolso a una validación previa.
Ese nuevo proyecto ya fue enviado al Poder Ejecutivo y espera promulgación. Mientras tanto, la propuesta original sigue formalmente abierta en la Cámara de Diputados, lo que mantiene el expediente en un escenario de incertidumbre constitucional por la coexistencia de dos iniciativas legislativas referidas a las mismas deudas del Estado.
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