Decreto ambiental revive polémica y pone en jaque proyecto paralizado en Diputados

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RD: Proyecto busca penas de hasta 20 años por daños graves e irreversibles a los recursos naturales. ¿Llenará el vacío legal contra el ecocidio?

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El decreto presidencial que tipifica el "terrorismo medioambiental" ha sacudido el letargo legislativo y vuelto a poner sobre la mesa un proyecto de ley que lleva varias legislaturas engavetado en la Cámara de Diputados, una iniciativa que propone penas de hasta 20 años de prisión para quienes provoquen daños graves e irreversibles contra los recursos naturales del país.

La pieza legislativa, sometida por la diputada Llaniris Espinal, de la Fuerza del Pueblo, busca llenar un vacío jurídico que persiste en la normativa dominicana: la ausencia de un tipo penal autónomo que castigue el ecocidio como delito contra la humanidad y contra el equilibrio ecológico. Aunque la Ley 64-00 de Medio Ambiente ya contempla sanciones para infracciones ambientales, el proyecto pretende elevar el estándar punitivo y dotar al sistema de justicia de herramientas más precisas para enfrentar los desafíos del cambio climático y la depredación de los ecosistemas.

Decreto ambiental revive polémica y pone en jaque proyecto paralizado en Diputados
Decreto ambiental revive polémica y pone en jaque proyecto paralizado en Diputados

El texto define el ecocidio como aquella conducta que afecte de manera severa la biodiversidad, amenace los ciclos vitales de la naturaleza o impida la regeneración natural en un plazo razonable. Para evitar ambigüedades, la propuesta distingue entre daños graves, extensos y duraderos, un enfoque técnico que facilitaría la labor de jueces y fiscales a la hora de valorar la magnitud del perjuicio. En ese sentido, se contemplan penas de 10 a 20 años de prisión para los responsables de daños que reúnan estas condiciones, y de 5 a 10 años para la figura de "puesta en peligro", que sanciona actuaciones que, sin haber materializado el daño, creen una probabilidad sustancial de producir un perjuicio grave.

Uno de los aspectos más relevantes de la iniciativa es su alcance preventivo. El proyecto no solo castiga el daño consumado, sino que establece circunstancias agravantes cuando los hechos ocurran en áreas protegidas, afecten a comunidades vulnerables o sean cometidos por funcionarios públicos en el ejercicio de sus funciones. También introduce la figura del ecocidio culposo, que permitiría perseguir a quienes, por negligencia o impericia, ocasionen daños ambientales de gran magnitud, un elemento clave en un país donde la minería, la deforestación y los megaproyectos turísticos han generado conflictos socioambientales recurrentes.

La propuesta, además, fortalece la participación comunitaria y obliga a la realización de Estudios de Evaluación de Impacto Ambiental para proyectos susceptibles de causar daños graves. Faculta a los jueces para adoptar medidas cautelares que detengan de inmediato actividades con riesgo ambiental inminente, un mecanismo que podría haber sido útil en casos recientes de contaminación de ríos o destrucción de humedales. Asimismo, plantea la creación de unidades especializadas para perseguir delitos ambientales, un paso que muchos expertos consideran indispensable para superar la impunidad histórica en esta materia.

El proyecto también contempla la adecuación del Código Penal y de la propia Ley 64-00 para garantizar coherencia legislativa, un punto técnico que podría agilizar su tránsito en el Congreso. Ahora bien, la gran interrogante es si el decreto presidencial que reavivó el debate se traducirá en voluntad política real para despachar la iniciativa, o si quedará nuevamente en el cajón de las buenas intenciones. Para los ciudadanos, la discusión no es menor: de aprobarse, el país contaría con uno de los marcos legales más avanzados de la región en materia de protección penal del medio ambiente, con impacto directo en la calidad de vida de las comunidades que dependen de los recursos naturales.

Fuente original: consultar publicación original.

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