Senado dominicano sanciona ley que bloquea importación de productos con trabajo forzoso

El Senado convierte en ley la prohibición de importar productos elaborados con trabajo forzoso. RD cierra la puerta a mercancías fruto de la explotación…

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El Senado de la República convirtió en ley la iniciativa que prohíbe la importación de mercancías producidas mediante trabajo forzoso, durante una sesión celebrada en el municipio de Bonao, provincia Monseñor Nouel. La normativa, de la autoría del senador Félix Bautista y suscrita por otros doce legisladores, busca evitar el ingreso al territorio aduanero dominicano de productos elaborados en otros países bajo condiciones de explotación laboral.

La ley tiene por objeto establecer el régimen legal de prevención, identificación, verificación y prohibición de la importación de mercancías, productos y bienes producidos, fabricados, extraídos, procesados o elaborados total o parcialmente mediante trabajo forzoso. Asimismo, regula el procedimiento administrativo, la debida diligencia en las cadenas de suministros, el intercambio de información y las medidas necesarias para impedir su ingreso al país. La aplicación contará con el concurso de los ministerios de Industria, Comercio y Mipymes; Relaciones Exteriores; Trabajo; y la Dirección General de Aduanas, que mediante reglamento deberán elaborar un protocolo de actuación.

El senador Bautista destacó que con esta aprobación "estamos legislando en beneficio de los trabajadores dominicanos y del sector exportador generador de la mayoría de los empleos productivos del país". La iniciativa se fundamenta en la Constitución, las leyes dominicanas, jurisprudencias del Tribunal Constitucional, los convenios 29 y 105 de la Organización Internacional del Trabajo sobre trabajo forzoso, la Resolución 357 de 2005 que aprueba el DR-CAFTA y el Decreto 502-26 del 23 de julio de 2026.

La normativa responde a un contexto comercial específico: el gobierno de Estados Unidos impuso en julio de 2026 un arancel base del 10% a las importaciones de 60 países, amparado en la sección 301 de la Ley de Comercio de 1974. Los países sin una ley de trabajo forzoso fueron penalizados con un 12.5%, mientras que aquellos que sí contaban con la legislación recibieron un 10%. República Dominicana estaba entre los 43 países sin la norma, lo que representa un pago adicional en impuestos de aproximadamente US$180 millones anuales (10,800 millones de pesos), reduciendo la competitividad de los productos dominicanos frente a naciones como México, Ecuador, Guatemala, El Salvador, Honduras, Argentina y Nicaragua. Con esta ley, el gobierno dominicano podrá solicitar a su homólogo estadounidense la reducción del 2.5% arancelario adicional.

La ley fue aprobada a unanimidad por los senadores presentes. Además de Félix Bautista como proponente, la iniciativa fue suscrita por los senadores Eduard Esperitusanto (La Romana), Omar Fernández (Distrito Nacional), Andrés Lama (Bahoruco), Cristóbal Castillo Liriano (Hato Mayor), Rafael Barón Dulúc (La Altagracia), Manuel Rodríguez (Dajabón), Ramón Rogelio Genao (La Vega), Alexis Victoria Yeb (María Trinidad Sánchez) y Menciades Aneudi Ortiz (San José de Ocoa).

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