FP exige a JCE acciones correctivas ante alarmas en el proceso de cedulación

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FP exige a JCE medidas para garantizar el voto en 2028 y critica lentitud en cedulación.

FP exige a JCE acciones correctivas ante alarmas en el proceso de cedulación

La Fuerza del Pueblo (FP) solicitó formalmente a la Junta Central Electoral (JCE) un conjunto de medidas correctivas para garantizar el sufragio de los dominicanos habilitados y el cumplimiento de los plazos del Calendario Electoral rumbo a los comicios de 2028.

El delegado político de la organización opositora ante el organismo comicial, Manuel Crespo, depositó una instancia en la Secretaría General en la que expresa su preocupación por el proceso de renovación de la nueva cédula de identidad y electoral.

Entre las principales sugerencias destaca la realización de una evaluación integral del proceso, con especial atención a los centros de baja afluencia a nivel nacional y a la situación de los dominicanos residentes en el exterior.

FP exige a JCE acciones correctivas ante alarmas en el proceso de cedulación
FP exige a JCE acciones correctivas ante alarmas en el proceso de cedulación

Crespo propuso adoptar medidas extraordinarias para eliminar las barreras de acceso en el exterior, incluyendo la revisión del sistema de citas y la ampliación de jornadas y capacidades de atención.

Asimismo, planteó establecer un protocolo especial con fechas calendario para atender a adultos mayores y ciudadanos con dificultades en su Registro Civil, garantizando una ruta institucional clara y con plazos definidos.

El delegado político también abogó por revisar los casos de disparidad entre la cédula y el acta de nacimiento, procurando mecanismos de conciliación que eviten obstáculos desproporcionados para obtener el documento.

Además, sugirió que se revise la exigencia de evidencia para cambios de recinto o colegio electoral cuando no impliquen modificación de la zona de residencia ni de la identidad registral.

La FP propuso que los partidos sean informados sobre las reglas técnicas y jurídicas aplicadas para la asignación de electores a los colegios, particularmente sobre el uso de un límite operativo de 550 electores frente al umbral legal de 600.

Fuente original: consultar publicación original.

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