Golpe de Fuerza contra la Violencia: Un Hombre Detenido por Acusaciones de Maltrato Doméstico
“La justicia se impone: Luis Enrique Evertz Marín, requerido por violencia de género, es detenido en la República Dominicana después de una exhaustiva…
En un esfuerzo por erradicar la violencia de género en la sociedad dominicana, las autoridades han logrado una importante victoria con la captura de Luis Enrique Evertz Marín, requerido por acusaciones de violencia de género en perjuicio de su expareja, Yenifer Crismar Marín Díaz, de nacionalidad venezolana.
Según informes del Ministerio Público, la detención se produjo en el Distrito Nacional luego de una exhaustiva labor de inteligencia, vigilancia y seguimiento que incluyó varios allanamientos y operativos en el Distrito Nacional y el este del país, incluyendo Juan Dolio, en la provincia San Pedro de Macorís.
La Unidad de Captura de Prófugos, Rebeldes y Condenados (Ucaprec) del Ministerio Público, en colaboración con agentes de la Policía Nacional, llevó a cabo la detención de Evertz Marín, quien enfrenta acusaciones graves de violencia verbal y psicológica contra su antigua pareja sentimental.
De acuerdo con las pesquisas, el imputado incurrió en actos de violencia verbal y psicológica contra la víctima, mediante "expresiones ofensivas, denigrantes y conductas recurrentes de agresión emocional" que resultaron en una denuncia presentada el 9 de marzo de 2026 por la Fiscalía del Distrito Nacional.
Tras la denuncia, la Coordinación de los Juzgados de la Instrucción del Distrito Nacional emitió la Orden de Arresto No. 0132-MARZO-2026, de fecha 17 de marzo de 2026, así como la Orden de Allanamiento No. 0011-MAYO-2026, contra Evertz Marín.
En este contexto, es importante destacar que el Ministerio de la Mujer y la Dirección Especializada de Atención a la Mujer y Violencia Intrafamiliar (Deamvi) han brindado apoyo a la víctima, Yenifer Crismar Marín Díaz, a través de asistencia y servicios especializados.
El Ministerio Público ha otorgado al caso la calificación jurídica provisional de violación a los artículos 309-1, 309-2 y 309-3, literales C, D y E, del Código Penal Dominicano, que tipifican la violencia contra la mujer e intrafamiliar, y se someterá al detenido ante la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente del Distrito Nacional para el conocimiento de las medidas correspondientes.
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